Los Gallegos: Corte acoge amparo y ordena asistencia de 19 acusados a juicio oral
Respecto al fallo, que acogió el recurso de las defensas, el fiscal regional advirtió un riesgo de fuga.
Redacción - La Estrella
La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado por las defensas y le ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad disponer la comparecencia personal de 19 de los 38 acusados por el Ministerio Público como autores de los delitos de homicidio calificado, secuestros, porte de armas y tráfico de drogas, entre otros, y que formarían parte de la agrupación delictiva conocida como "Los Gallegos".
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció que la comparecencia vía Zoom de los amparados amenaza el ejercicio de sus derechos procesales.
"Que el artículo 8 del Pacto de San José de Costa Rica, que consagra las Garantías Judiciales, en su literal d) dispone: 'derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con su defensor', norma que se recoge en nuestra legislación nacional en el artículo 93 del Código Procesal Penal, referido a los derechos y garantías del imputado, que dispone en su letra b): 'ser asistido por un abogado desde los actos iniciales de la investigación', y que se concreta en la etapa de juicio oral en lo dispuesto en el artículo 327 del mismo texto legal, que establece perentoriamente: 'Comunicación entre el acusado y su defensor. El acusado podrá comunicarse libremente con su defensor durante el juicio, siempre que ello no perturbare el orden de la audiencia. No obstante, no podrá hacerlo mientras prestare declaración'", sostiene el fallo.
Voluntad de concurrir
La resolución agrega que: "(…) considerando además que los diecinueve acusados respecto de los cuales se presentó la cautela constitucional manifestaron su voluntad de concurrir presencialmente a las diversas sesiones en que se realice la audiencia de juicio, no resultando suficiente garantía del ejercicio de su derecho, la posibilidad de conferenciar privadamente con sus defensores por vía remota, a través de diversas suspensiones de la audiencia y además en un único día a la semana -viernes- fuera de audiencia -toda vez que aquella solo se encuentra agendada de lunes a jueves- lo que impide una fluida comunicación entre los imputados y sus defensores, en términos de poder ejercer adecuadamente los instrumentos de litigación a través de los interrogatorios y contra interrogatorios, lo que supone la comunicación oportuna e inmediata entre ambos, lo que en la especie, por la vía de haber decretado la comparecencia telemática de los diecinueve recurrentes, amenaza sin duda, el ejercicio de sus derechos procesales y, consecuentemente, la garantía de la libertad personal, como se explicó precedentemente", informaron desde el Poder Judicial.
Fiscalía advierte Peligro de fuga
Respecto al recurso de amparo presentado por las defensas y que ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad disponer la comparecencia personal de 19 de los 38 acusados, el Fiscal regional Mario Carrera, declaró que "lo que nos preocupa evidentemente es la seguridad, porque evidentemente tener estas 38 personas en la ciudad de Arica en un lugar con un contingente de funcionarios, tanto de las distintas policías como de gendarmería que no es el óptimo, es en sí mismo un riesgo. Recordemos que en esta causa se están pidiendo 11 presidios perpetuos, más de 200 años respecto de quienes no se está pidiendo presidio perpetuo, por lo tanto el riesgo es altísimo para que pudieren realizar un acto que implique la fuga o alguna cuestión de esa naturaleza", concluyó.