Horario del comercio para el fin de semana
Como todos los años, la Dirección del Trabajo fiscalizará este 25 de diciembre y 1° de enero 2018 el cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio; también se fiscalizará el régimen de descanso alternado y también los horarios de inicio y término de ambos festivos.
Los días 25 de diciembre y 1° de enero son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio.
El feriado obligatorio empezará a más tardar a las 20 horas del 24 de diciembre y terminará a las 06 horas del día 26; en el caso del 1° de enero se inicia a las 20 horas del 31 de diciembre y culmina a las 06 am del 2 de enero 2018.
En el caso de trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, y que descansen los días 25 de diciembre y 1° de enero, el descanso comenzará a las 00:00 hrs. de los días 25 de diciembre y 1° de enero 2018.
Por su parte, el director regional de la Dirección del Trabajo, Alejandro Díaz, dijo que "el sitio web institucional mantendrá abierto entre los días 24 y 25 de diciembre y luego entre el 31 de diciembre y 1° de enero con un banner para hacer denuncias u obtener información sobre la normativa legal vigente".
En el caso de infracciones a las normas sobre feriado irrenunciable y alternancia del descanso, serán sancionadas con un mínimo de $233.465 y un máximo de $933.860 (5 a 20 UTM por trabajador afectado, según la cantidad.