Redacción - La Estrella
Durante dos días, el Primer Tribunal Ambiental realizará una inspección personal al Salar de Surire, ubicado en la comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota. La diligencia fue decretada en el marco de la demanda por daño ambiental interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la empresa Quiborax. Según informó el Tribunal Ambiental en un comunicado, la diligencia, a cargo del ministro en ciencias Marcelo Hernández y del ministro suplente abogado Alamiro Alfaro, contempla 10 puntos que se recorrerán hasta hoy miércoles 2 de octubre, en un procedimiento que se inició ayer martes.
Entre los lugares que visitarán los ministros y el equipo del tribunal se incluyen sectores donde la empresa realiza la extracción de ulexita para la producción de ácido bórico, así como áreas del Salar de Surire que supuestamente habrían sido afectadas,
El tribunal también solicitó la participación en la diligencia de funcionarios de la Conaf, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Sernageomín, la Seremi de Medio Ambiente, la Dirección General de Aguas (DGA), así como de la Policía de Investigaciones.
Demanda
La demanda fue interpuesta en contra de la empresa Quiborax por la posible afectación significativa al Salar de Surire. En la demanda, el CDE asegura que la empresa "ha causado un daño ambiental continuo, acumulativo, permanente e irreparable en el Salar de Surire", lo que se fundamenta en que ha explotado los depósitos salinos superficiales del salar "sin considerar medidas de mitigación, reparación y compensación idóneas y eficaces que impidieran impactos ambientales significativos".
Otro de los fundamentos entregados por el CDE es que durante los 37 años que la faena minera ha trabajado en el lugar "ha producido evidentes impactos ambientales, que se han acumulado y devenido en daño ambiental, causando la destrucción irreparable de los sedimentos de la superficie del Salar para acceder a la ulexita depositada bajo ellos".
Respuesta
Quiborax responde que la demanda se funda en una errónea apreciación del estado de los componentes ambientales del Salar de Surire, no siendo efectiva la imputación de haber provocado un daño ambiental, además de dar cuenta de un actuar contradictorio del Estado que por décadas ha autorizado, validado y manifestado su conformidad con su operación, informa el tribunal
La empresa alega que la demanda ignora que la supuesta afectación al Salar de Surire y la necesidad de ingresar la actividad de Quiborax al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, fue rechazada mediante una sentencia firme y ejecutoriada anterior, en la cual incluso se condenó en costas a la Conaf. Asimismo, afirma que la acción para demandar el daño ambiental se encuentra prescrita en tanto se imputa un daño que se habría manifestado hace 37 años.