Imparcialidad e inamovilidad de un juez
José Delgado Ahumada, - Presidente de la Corte de Apelaciones - de Arica
El pleno de la Convención Constitucional ha aprobado durante estas semanas diversos artículos -propuestos por las comisiones de trabajo-que buscan ser incluidos en la propuesta de Constitución que será sometida a un plebiscito.
Entre estos artículos destacan las iniciativas elaboradas al interior de la Comisión de Sistemas de Justicia que establecen modificaciones al actual sistema judicial que rige en el país. Uno de ellos, y el que más debate ha tenido, dice relación con los principios de independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad de los jueces y juezas (artículo 3) y sobre la inamovilidad de los magistrados y magistradas (artículo 4).
En dicho contexto, es necesario destacar la importancia de la imparcialidad, independencia, inamovilidad y autonomía del actual Poder Judicial en el futuro del sistema de administración de justicia como valores fundamentales e irrenunciables para un Estado de Derecho Democrático.
Todos esos valores resultan trascendentes para entender una administración de justicia libre de todo intervencionismo ajeno a los hechos de la causa y al derecho aplicable a la misma.
Hobbes sostenía brillantemente que "nadie debe ser árbitro si para él resulta aparentemente un mayor provecho, material o espiritual, la victoria de una parte sobre la otra".
La imparcialidad y la inamovilidad de los jueces y juezas, son principios sin los cuales no se puede garantizar la independencia del juzgador al momento de decidir. Desde el nombramiento hasta el cumplimiento de la edad de jubilación, no deben existir controles intermedios que amaguen estos principios, pues de lo contrario, se deja a los ciudadanos sin una de las garantías fundamentales del debido proceso.
La inamovilidad es una condición esencial en el desempeño de un juez u una jueza. No defender este valor esencial para la magistratura abriría las puertas a que la función de cada magistrado esté a la merced de influencias de todo tipo. Dicho de otro modo, si se altera el valor de inamovilidad lo que hoy es una garantía para nuestra sociedad se transformaría en una amenaza constante a la imparcialidad y a la independencia.
La imparcialidad, independencia e inamovilidad, son elementos esenciales de la jurisdicción y del principio constitucional de igualdad ante la ley. De verse mutilados estos valores, se alteraría esta vital función y, en consecuencia, se afectaría gravemente la justicia y la paz social.
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