Recintos deportivos al aire libre podrán abrir con autorización
Seremi del Deporte de la región detalló los requisitos y cómo se puede ostular para obtener la autorización de funcionamiento acorde al protocolo sanitario en pandemia.
El seremi del Deporte de nuestra región, Juan Fernando Ramírez, detalló las condiciones para que los recintos deportivos al aire libre funcionen de acuerdo a las normativas y en especial en el cumplimiento de todas las medidas sanitarias para prevenir el contagio del covid 19 en los deportistas.
Consultado el seremi aclaró que "esta es una muy buena noticia para todos los deportistas que con tantas ansias esperábamos el cambio de fase para nuestra comuna de Arica, no obstante debemos tener claridad en las condiciones de cómo debemos participar en esta apertura y prevenir los contagios".
La apertura de los recintos deportivos son exclusivamente para aquellos que son al aire libre y no presenten en su infraestructura una característica de cierre, (no están autorizados los gimnasios) y antes de abrir para los deportistas, el dueño, administrador o funcionario a cargo del recinto debe inscribirlo en la página del ministerio, www.mindep.cl.
Luego debe enviar esta solicitud al nivel central (Santiago) donde se efectuará la revisión de los antecedentes y contenidos de la solicitud.
Autorizaciones
En el caso que la entidad cumpla con los requisitos exigidos se informará su autorización.
El seremi informó que las postulaciones de los recintos se recibirán de lunes a miércoles y durante los días jueves y viernes se revisarán los antecedentes y se entregará la respuesta en un plazo de 72 horas, ya que esta modalidad es para todo el país en fase 1 y 2 y se espera que serán cientos de recintos a lo largo del país los que postularán a su apertura.
Postulación
Las postulaciones comenzaron el 16 de junio del presente año y una vez inscrito y autorizado el recinto "debemos tener muy en cuenta que ahí se podrán reunir un máximo de 5 deportistas para la práctica de la actividad física", expresó el seremi del deporte.
Esta modalidad de apertura de los recintos al aire libre rige de lunes a viernes, ya que el sábado y domingo solamente la actividad fisica se puede realizar durante la banda horaria que es de 5 a 10 de la mañana.
"Es importante resaltar que si un recinto al ser fiscalizado no cumple con los requisitos o permiso para funcionar, éste será sancionado, cerrado y no podrá volver a postular para una segunda apertura", comentó finalmente el seremi del deporte Juan Fernando Ramírez.
"es una muy buena noticia para todos los deportistas que con tantas ansias esperábamos el cambio de fase para nuestra comuna".
Juan Fernando Ramírez