Secciones

Hubo 15 infractores por repartir alcohol en cuarentena

Además, durante la restricción de desplazamiento, se detuvo a una persona por vender a un menor de edad.
E-mail Compartir

Constanza Espinoza Morales

Durante la cuarentena en la ciudad, fueron infraccionadas 15 personas que trasladaban alcohol en vehículos particulares para la venta tipo delivery, incluso a pesar de las restricciones municipales y de horario, situaciones que fueron detectadas a través de diversos procedimientos llevados a cabo por la Comisión de Alcoholes de Carabineros.

Además de sorprender a estas personas realizando estos delivery de forma particular y clandestina, efectivos policiales llevaban a cabo un doble procedimiento; ya que los infractores tampoco contaban con los permisos obligatorios para desplazarse durante la cuarentena, siendo detenidos por infringir la prohibición de salir, dándose cuenta al Ministerio Público, y posteriormente ejecutando una incautación y decomiso del alcohol.

"En la actual y lamentable situación de pandemia que nos afecta como región, nos sorprende tomar conocimiento y tener que proceder a la detención de personas que en forma inescrupulosa y rompiendo todas las medidas sanitarias impuestas, incluyendo las de horario y permisos de desplazamiento en cuarentena, se dedican a la venta de bebidas alcohólicas en el sistema delivery", informó el subprefecto de los servicios, teniente coronel Patricio Martínez Schade.

Venta a menores

Desde Carabineros informaron que han puesto especial énfasis en perseguir el comercio ilegal, ya que en algunos casos incluso se ha detectado la venta a menores de edad.

Es durante este mismo periodo, y también por delivery, que la Comisión de Alcoholes detuvo a una persona sorprendida vendiendo alcohol a un menor de edad, por lo que hicieron un llamado a denunciar esta práctica ilegal y en tiempos tan críticos que enfrenta la región y el país.

Al respecto, la directora regional de SENDA, Paula Bravo, manifestó que "nos preocupa la comercialización, distribución y suministro de alcohol a menores de edad, por tanto, estamos trabajando a través de distintas instancias y alianzas para hacer frente a este gran enemigo".

Además, la directora regional afirmó que para este propósito, también existe un trabajo activo por parte del Servicio Especial de Fiscalización de Alcoholes (SEFA).

Horarios establecidos

De acuerdo a la ordenanza municipal, con o sin cuarentena obligatoria, existe una restricción horaria en la ciudad para todos los locales comerciales establecidos que expenden bebidas alcohólicas.

En ese sentido, se ha establecido que el funcionamiento de estos locales sea de lunes a viernes, desde las 10.00 a 18.00 horas; mientras que sábados, domingos y festivos, sólo podrán funcionar de 10.00 a 15.00 horas.

Corte Suprema revocó cautelar de persona con enajenación mental

E-mail Compartir

Había sido formalizado tras ser sorprendido en 3 ocasiones distintas incumpliendo la cuarentena obligatoria que hace unas semanas atrás regía en la ciudad, y quedó con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, incluso a pesar de que su defensa, a cargo del defensor penal público, Gabriel Apaza, presentó antecedentes que acreditaban que su representado tenía un 90% de discapacidad mental.

El caso fue abordado por la DPP, entendiendo que privar de libertad a una persona con severas dificultades intelectuales, era vulnerar sus derechos y los tratados internacionales que las amparan, por lo que en primera instancia se recurrió a un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Arica, el que resultó desfavorable para el representado.

Ante esto, las gestiones por parte del defensor Gabriel Apaza terminaron en la Excelentísima Corte Suprema, cuando ingresó un recurso de apelación tras el rechazo de amparo por parte de la Corte de Arica, entregando los antecedentes de la acusación, los documentos que acreditan su discapacidad intelectual emitidos en abril de 2020, junto con los argumentos jurídicos pertinentes a la causa.

Una vez analizados los antecedentes por la Segunda Sala de la Corte Suprema, compuesta por los magistrados Carlos Künsenmüller; Haroldo Brito; Manuel Valderrama y Leopoldo Llanos, se determinó acceder a la petición de la defensa, dejando sin efecto la resolución del Tribunal de Garantía de Arica, revocando el arresto domiciliario nocturno que pesaba contra Y.B.R.

Tratamiento especial

El defensor penal público, Gabriel Apaza, explicó que personas con patologías mentales, "no están en condiciones de comprender la ilicitud de sus conductas, por lo mismo estas personas tienen un tratamiento bastante particular y de carácter especial en nuestro sistema jurídico", agregando que el enjuiciamiento de estas personas, consiste en requerir una medida de seguridad, un tratamiento psiquiátrico para evitar que vuelva a cometer ilícitos.