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Conozca los casos en que se requiere permiso temporal

Gobierno regional aclaró las dudas sobre cómo poder salir a comprar en almacenes y sacar la basura.
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Estefani Carrasco Rivera

Con la primera cuarentena total en Arica surgieron numerosas dudas respecto a los permisos temporales para transitar, debido a distintas y particulares interpretaciones. De acuerdo al Plan De Acción Coronavirus existen 14 circunstancias específicas donde la comunidad puede solicitar individualmente los permisos para transitar durante estos siete días.

Entre las principales dudas surgió la de comprar en almacenes cercanos víveres diario del pan o cruzar una cuadra para sacar la basura.

Por internet

Para obtener cualquier permiso temporal estos días en que rige la cuarentena en la zona urbana se necesita primero conexión a internet y acceder a comisariavirtual.cl.

En dicho portal en la sección "otros trámites", están las 14 formas de sacar permiso temporal.

Para poder sacar cualquier de estos trámites basta con tener la cédula de identidad o la clave única del Registro Civil.

El permiso se puede descargar y solicitar que llegue al correo personal.

Para transitar con el permiso se necesita tener impresora para tenerlo de manera física o un dispositivo móvil para mostrar el permiso de manera digital en caso de fiscalización.

Razones para el permiso

Las razones para pedir el permiso son las siguientes:

1.- Asistir a centro de salud: para horas médicas, tratamientos o vacunas. Duración: 12 horas.

2.- Compra de insumos básicos: para alimentos, medicamentos e insumos básicos. Duración: 4 horas, dos veces por semana.

3.- Espectro autista o discapacidad mental: este permiso es solicitado por cuidador o acompañante para salir y en caso de fiscalización debe contar con certificación de su condición. Duración: 2 horas libre tránsito.

4.- Paseo de mascotas: se puede realizar dos veces al día y es de 30 minutos.

5.- Pagos: pagos en general, gestiones en banco, cobro de pensiones, gestiones en notaría, gestiones en cooperativas de ahorro y crédito u otras instituciones financieras. Duración: 4 horas dos veces a la semana.

6.- Retorno: para volver desde fuera de la ciudad. Duración: 24 horas.

7.- Funeral: aquí se requiere adjuntar algún certificado médico o de defunción, etc. Duración: 5 horas libres en la misma región y 24 en otra.

8.- Alimentos y textos escolares: para familias que necesiten retirar alimentos o textos escolares de Junaeb, escuelas, liceos, colegios, etc. Duración : 6 horas una vez a la semana.

9.- Trámites legales: comparecer ante citación de abogados o cualquier trámite en virtud de la Ley. Duración: hasta cumplir gestión.

10.-Ayuda adultos mayores: permite trasladar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores. Duración: 2 horas, dos veces por semana.

11.- Mudanza: se puede indicar ida y vuelta al trayecto de cambio de domicilio. Duración: 24 horas.

12.- Visitas penitenciarias: llevar a recintos penitenciarios alimentos, medicamentos o insumos básicos. Duración: 3 horas, 2 veces a la semana.

13.- Traslado de menores: permiso para ir hasta centros de salud en caso de que padre, madre, familiar, niños, niñas o adolescentes presenten síntomas de COVID-19. Duración: 15 días y hasta cuatro hijos.

14.- Traslado de hijos en caso de separación legal: permite que progenitores puedan trasladar a sus hijos o ser acompañados por ellos en caso de presentar síntomas y se necesite trasladarlos a un centro de salud. Duración: 7 días.

Todos estos trámites no son válidos durante toque de queda, es decir que permiten transitar entre las 5:01 hasta las 21:59 horas.

Dudas

Como existían dudas sobre ciertas salidas cercanas al hogar tanto la seremi de salud Beatriz Chávez y el jefe de defensa nacional en Arica y Parinacota, Luis Cuellar aclararon algunas por teleconferencia. Respecto a dudas sobre la salida a almacenes cercanos al hogar para comprar alimentos de consumo diario como el pan, la seremi de salud fue enfática que también se debía pedir permiso.

"La cuarentena busca que la gente se quede en su casa, si voy a comprar al almacén de la esquina, necesito sacar el permiso temporal. Hoy es momento de estar en las casas, quienes podamos y los que trabajan tomar todos los resguardos necesarios para que nos enfermemos lo menos posible", manifestó Chávez.

Cuellar agregó que: "normalmente uno deja la basura en el canastillo o frente a la casa, ahí no es necesario sacar permiso por que es una medida de salubridad pública sacar la basura".

Ahora ES una infracción

Desde Carabineros explicaron que antes de decretar cuarentena total en la ciudad, transitar en toque de queda sin salvoconducto era una falta, por lo que "quienes eran sorprendidos sin él eran conducidas hasta las comisarías", pero ahora como se trata de una prohibición, "la persona queda detenida".

Estefani.carrasco@estrellaarica.cl

Seremi explica cómo actúa la Ley de Protección al Empleo

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La Ley de Protección al empleo ya entró en vigencia y se enmarca dentro del plan presentado por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, con el fin de enfrentar la crisis del Covid19.

Esta ley permite a los trabajadores, sin la necesidad de poner término a su contrato, poder optar a beneficios que entrega el Seguro de Cesantía, cuando los actos de la autoridad, como cuarentenas obligatorias o cierres de empresas, les impidan a los trabajadores prestar sus servicios.

La Protección del Empleo beneficia directamente a los trabajadores que cotizan para el Seguro de Cesantía y a los y las trabajadoras /es de casa particular, que se vean afectados por esta situación.

El Seremi de Trabajo y Previsión Social, Juan Manuel Carrasco, señaló: "En este tiempo de crisis se hace necesario tomar medidas que protejan el empleo y que a su vez signifiquen un apoyo a aquellos emprendedores que lo están pasando mal" .

En cuanto a las alternativas que ofrece esta ley a los trabajadores son las siguientes:

La suspensión del contrato por acto de la autoridad: consiste en suspender la relación laboral o contrato por el solo efecto de la ley, cuando la autoridad declara la paralización de las actividades económicas de manera temporal, para el país o una zona particular.

Pacto de suspensión del Contrato: Rige para los empleadores que vean afectadas sus actividades de manera total o parcialmente, por la crisis COVID-19, permitiendo llegar a acuerdo con sus trabajadores en suspender de manera temporal de sus contratos.

Pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo: Los empleadores podrán acordar con sus trabajadores de manera individual o colectiva la reducción de hasta el 50% de la duración de su jornada de trabajo. Las solicitudes deben ser realizadas por los empleadores .