HAY MULTAS

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Según el Artículo 496 del Código Penal, quienes eleven globos empleando fuego sin permiso de la autoridad arriesgan multas de hasta 4 UTM. Asimismo, el decreto 207 del Ministerio de Salud, prohíbe los globos de entretención en los que se inyecte elementos que puedan ser inflamables o constituyan un riesgo para la seguridad de la población. Por lo tanto se prohíbe este tipo de globos que no poseen certificación.