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Fisco deberá pagar indemnización por 18 "tragamonedas" destruidas

Cifra considera un monto de 3 millones 600 mil pesos. La Corte estableció responsabilidad por no esperar los resultados de un segundo juicio oral.
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La Corte Suprema condenó al fisco a pagar una indemnización de 3 millones 600 mil pesos a beneficio de una persona que presentó una demanda civil por la destrucción de sus máquinas de entretenimiento electrónico, conocidas popularmente como tragamonedas, incautadas el año 2008.

En fallo dividido, el máximo tribunal, estableció la responsabilidad del Ministerio Público por la destrucción de las especies incautadas, previo a la realización de un segundo juicio oral en la causa.

El 2008 se incautaron 250 máquinas del sector céntrico de la ciudad por considerar que eran juegos de azar y no de destreza física, por lo que estarían infringiendo el artículo 275 del Código Penal.

El abogado Esteban Basaure, quien estuvo en representación de uno de los sancionados, Ricardo Caqueo, y quien presentó la demanda civil por la destrucción de las máquinas, explicó que se condenó a varias personas por el delito de juegos ilegales el 2011. "Todos se fueron a la Corte de Apelaciones por un recurso de nulidad y fueron todos rechazados excepto el de mi representado; esta resolución que favoreció a los demás empresarios, permitió que se realizara un segundo juicio respecto a todos los involucrados y todos fueron absueltos", explicó el abogado. Comentó que cuando salió la sentencia condenatoria pidieron la devolución de las tragamonedas, pero les informaron que entre el fallo condenatorio y el segundo juicio, la Fiscalía ordenó a través de su equipo administrativo destruir las máquinas que fueron incautadas. "El artículo 5 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público señala que será el Estado responsable por las conductas injustificadamente erróneas o arbitrarias del Ministerio Público. De acuerdo a las estadísticas que manejamos, es la primera vez que la Corte Suprema condena al Fisco y al Ministerio Público a indemnizar por estos hechos de negligencia por haber ordenado la destrucción de las máquinas sin esperar el segundo juicio", planteó Basaure.

Asimismo dijo que "estamos conformes con este fallo, es la primera vez que se rompe el estándar tan difícil de sobrepasar y probar que hubo un error; creemos que la Corte compartió nuestro criterio", acotó.

Qué dice el falLO

En la resolución de la Corte, de los 5 integrantes existieron dos votos en contra, los que señalan que si bien fue un error no es una conducta injustificadamente errónea del Ministerio Público, porque había una sentencia condenatoria.

Respecto de este fallo desde la Fiscalía se informó que por ahora no se referirán al tema.