Sepa cómo cobrar el Seguro de Cesantía si perdió su trabajo
Con su carnet de identidad en mano, y el finiquito legalizado, debe partir a las oficinas de AFC Chile. Allí podrá pedir el pago del dinero acumulado, el cual se lo darán en cuotas. El beneficio durará hasta que encuentre otra fuente laboral.
Michael Seguel P.
Si perdió su trabajo, independientemente del motivo, tenga presente que la ley lo protege a través del Seguro de Cesantía. En el sitio web de los Administradores de Fondos de Cesantía, AFC Chile, se precisa que a través del Seguro Individual de Cesantía se registran los abonos, cargos efectuados y los saldos correspondientes, los cuales podrá usar en caso de perder su fuente laboral.
De acuerdo al mismo sitio, los principales abonos provienen de las cotizaciones obligatorias mensuales aportadas por los trabajadores y empleadores cuando se trata de un contrato indefinido, y sólo por los empleadores, en caso de contrato a plazo fijo, por obra, servicio o faena.
Tenga ojo, porque los trabajadores independientes no tienen acceso a este beneficio.
¿Cómo cobrar el seguro? La Estrella consultó a expertos para aclarar el paso a paso del proceso.
Presente el finiquito
Gonzalo Canales, ejecutivo de AFC, explica que quienes pueden cobrar el beneficio son personas cesantes que presenten su cédula de identidad y finiquito legalizado, independientemente del motivo del término del contrato. En caso de que tenga contrato indefinido, debe haber realizado 12 cotizaciones para cobrarlo.
"En el caso de que haya tenido contrato a plazo fijo, debe tener por lo menos seis cotizaciones en su cuenta", añade.
Quiénes tengan dudas sobre si tienen dinero en el fondo, pueden revisar su cuenta en el sitio web de AFC. Si allí no aparecen las cotizaciones del empleador, debe presentar una denuncia en la Dirección del Trabajo, o un reclamo en la AFC.
Forma de Pago
El dinero del seguro se puede cobrar de distintas formas, tras realizar el trámite en las oficinas de AFC. Si lo quiere en efectivo, debe retirarlo en sucursales Servipag. También se puede depositar en su Cuenta Rut o cuenta corriente, o cobrarlo por vale vista.
"El monto que se entrega dependerá del dinero disponible en la cuenta y será el 70% del promedio de las últimas 12 cotizaciones cuando es contrato indefinido y seis en el caso de un contrato a plazo fijo", dice el abogado laboral y académico de la Facultad de Derechos de la U. San Sebastián (USS), Karl Sievers.
Precisa que usted podrá retirar el dinero de su fondo hasta 13 veces en un mismo año, teniendo en cuenta que, para el segundo giro, podrá sacar el 55% del promedio de sus últimas cotizaciones, para el tercero un 45%; en el cuarto giro el monto corresponde a un 40% y en el quinto un 35% de lo que tenga en su fondo. Desde el sexto giro, el monto a retirar corresponderá a un 30%, dependiendo del saldo que quede en su cuenta individual.
Algo importante es que si encuentra trabajo, el seguro dejará de entregarle dinero, pero no se preocupe, puesto que la plata no se perderá. Esta volverá al fondo, en caso de que pierda otra vez su fuente laboral.
Es heredable
Además, tenga presente que, en caso de fallecimiento, usted podrá designar solo a sus familiares directos como herederos del saldo que tenga en su cuenta y en la proporción que estime conveniente, o bien el sistema se encargará de repartir el saldo en partes iguales a las personas designadas.
Para esto puede hacerlo en vida, acercándose a las oficinas de AFC y presentando los certificados de parentesco correspondientes.
Pensionados
Si usted es pensionado, tiene dos opciones: Puede retirar en un solo giro todo el saldo que tenga en su cuenta, o bien traspasar la totalidad o una parte del monto a su cuenta de la AFP.
En el primer caso, deberá presentar su cédula y la última liquidación del pago de su pensión, así como el Certificado de Pensión o Caja de Previsión. En el segundo caso, también deberá presentar su carnet y el Formulario Solicitud Transferencia Fondos desde Cuenta Individual para Cesantía y copia de la selección "modalidad de pensión".
Los subsidios
De acuerdo Sievers, si quiere acceder al subsidio de arriendo debe tener al menos "12 meses continuos o discontinuos de cotizaciones en los dos años anteriores a la fecha de cesantía y estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia".
Añade que también debe estar registrado en el registro de cesantes del Instituto de Previsión Social (IPS) o caja de compensación y haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.
"El monto que se entrega dependerá del dinero disponible en la cuenta y será el 70% del promedio de las últimas 12 cotizaciones"
Karl Sievers,, abogado"