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Tres colegios ya fueron amonestados por la ley que elimina los embelecos de los kioscos

¿Se acuerda de los Topo Gigio y el limón con sal en sobre? Para el Ministerio de Salud pasaron a mejor vida.
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Si gran parte de su etapa escolar la vivió entre fines de los 80 y mediados de los 90, o ya, por último si le tocó ser apoderado en una de esas dos décadas, lo más probable es que se acuerde de los míticos chupetes Topo Gigio, los sobres peruanos de limón con sal, las melcochas o los también chupetes con jugo en polvo.

Déjenos decirle que si bien uno que otro carro confitero aún puede tener este tipo de golosina paleolítica, hace rato que quedaron eliminadas al interior de las escuelas de todo el país, por la Ley de Alimentos 20.606 o la ley de etiquetados y todas las normativas que pretenden una mejor alimentación para los estudiantes y también para disminuir las enormes tasas de obesidad infantil, que lamentablemente nos tiene en el podio de Sudamérica.

Por lo mismo, la Seremi de Salud y Superintendencia de Educación, se dejaron caer en 39 establecimientos educacionales, con el fin de evitar la presencia de cuanto embeleco sea de dudosa procedencia, como también de caramelos, papas fritas o bebidas y jugos que tengan algún sello de altos en grasas, sodio o calorías, entre otras prohibiciones.

"A la fecha, no nos ha ido mal. Sólo este año, de las 39 fiscalizaciones efectuadas, tres han terminado con amonestaciones, y eso es bastante positivo, ya que en general los establecimientos educacionales están cumpliendo con la normativa", explicó la seremi de Salud, Giovanna Calle.

"En general hay conciencia en los directores, los profesores, los apoderados y los alumnos, que la ley busca proteger a los menores de la obesidad y el sobrepeso, que luego derivan enfermedades como la diabetes y la hipertensión, entre otras".

Desde el equipo de fiscalización de la Seremi, detallaron que las tres amonestaciones se produjeron por detección de alimentos con sellos al interior de kioscos en los colegios (principalmente confites y bebidas), lo que ameritó la instrucción a sus administradores del retiro inmediato de los productos de las góndolas de venta, así como el sumario sanitario correspondiente.

Plazos de las multas

La Autoridad Sanitaria aplicará sanciones que no solo se traducirán en multas, también en el retiro o destrucción de productos.

Se podrán dictar amonestaciones con advertencia de cumplir la normativa dentro de un plazo de 30 a 60 días, que se verificarán en inspecciones posteriores. Actualmente, la iniciativa se está implementando en marcha blanca.

¿Y LOS DULCES DEL HERMANO PAÍS?

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Varios son los que se han preguntado acerca si los dulces traídos de Tacna se puede comercializar, a pesar de no tener sello. Lo cierto es que los puntos C y D de la autoridad sanitaria, hacen alusión a lo nacional y lo extranjero. c) En el caso de los alimentos nacionales, el nombre o razón social y domicilio del fabricante, elaborador, procesador, envasador o distribuidor, según sea el caso". d) País de origen: debe indicarse en forma clara, tanto en los productos nacionales como en los importados, conforme a las normas de rotulación establecidas, respecto a esta información, en el decreto Nº 297, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o en el que lo reemplace.