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Cómo cobrar el pago por exceso de las Cajas de Compensación

La Superintendencia de Seguridad Social lanzó una campaña para que los afiliados de las entidades retiren los montos correspondientes a "pagos excesivos". La cifra total supera los 5 mil millones de pesos y, actualmente, más de 120 mil usuarios pueden solicitar su devolución. De ellos, a 110 usuarios les corresponde una devolución superior al millón de pesos.
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Jonás Romero Sánchez

Mucho más frecuente de lo que se cree, las cajas de compensación generan excedentes especiales denominados "pagos en exceso". Este fenómeno se produce cuando los afiliados, sean trabajadores, pensionados, entidades empleadoras o pagadoras de pensión abonan un monto superior a la cuota del crédito solicitado. O cuando este pago supera la obligación de uno o varios meses, y el cual no corresponde a un pago anticipado de deuda o de cuotas.

Dicho de forma más sencilla, un pago en exceso se produce cuando los afiliados "pagan de más", y de manera involuntaria, por un crédito que ellos mismos solicitaron en la caja. "Un sobrepago involuntario", explica Hugo Díaz, subgerente de financiamiento social de la Caja de Compensación Los Andes. "Estos montos son identificados constantemente por las cajas, quienes tienen diferentes mecanismos para notificar y poner a disposición de los usuarios sus excedentes", explica Díaz.

Actualmente, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) está llevando a cabo una campaña comunicacional para que los usuarios averigüen acerca de los montos que podrían estar esperándolo en su caja de compensación.

Saldos disponibles

La Superintendencia de Seguridad Social, informó que a julio de 2016, las Cajas de Compensación registraron saldos de cobros en excesos que suman 5.333 millones de pesos, los que corresponden a 122.712 mil acreedores.

Entre ellos, y según información entregada por la Suseso, existen 110 personas que podrían recibir una devolución de más de 1 millón de pesos. A otros 40 mil acreedores les corresponde un monto entre $10.000 y $30.000. Mientras que alrededor de 16.000 personas entre $50.000 y $100.000. Cada región concentra miles de beneficiarios, exceptuando la del Libertador General Bernardo O'Higgins y Magallanes (ver tabla).

¿Cómo se cobra?

Actualmente, la ley dispone que las cajas deben notificar a sus afiliados la existencia de estos excedentes, apenas sean identificados. "Por lo general, se notificas mediante email y en caja. Además, se suelen dar facilidades para el depósito en cuenta bancaria de estos montos y eventualmente, quienes no hayan recibido las notificaciones, pueden ingresar a las páginas web", asegura Hugo Díaz.

Cabe destacar que estos pagos no tienen una fecha de vencimiento: son generados constantemente y están "siempre a disposición del usuario", asegura Díaz. Además, estos pagos son heredables: si el padre o la madre tenía un crédito social y, tras verificar que había un pago en exceso a través de las páginas web de las Cajas de Compensación, es posible realizar la devolución como cualquier beneficiario del sistema.

Además, y dependiendo de cada caja, existen facilidades que varían desde el depósito bancario automático mediante la firma de mandatos simples, hasta el pago en efectivo o a través de cheques.

tres preguntas frecuentes sobre la devolución de estos montos:

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¿Cómo saber si tienes pagos en exceso?

Si bien las cajas suelen notificar a los usuarios mediante email o de manera presencial, el primer paso para saber si eres acreedor de pagos en exceso, es el de consultar con el RUT directamente en las páginas web de las Cajas de Compensación o en el sitio de la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.gob.cl/)


¿Cómo retirar este dinero?

Si estás dentro de los acreedores, lo siguiente es contactar a la institución respectiva para proceder a la devolución. Existe la opción de depósito bancario y retiro en la sucursal más cercana.


¿Existe un plazo para cobrar estos montos?

"No existe un plazo para retirar estos excedentes. Estos se acumulan y están disponibles siempre para el usuario", afirma Hugo Díaz, subgerente de financiamiento social de Caja Los Andes. Además, estos pagos en exceso son hereditarios: en caso de fallecimiento, los descendientes pueden acercarse para cobrar el dinero.