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Hombre engañó a hijo para que ingresara auto cargado con droga

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Una investigación de la Fiscalía estableció que un hombre engañó a su hijo adolescente, a quien no conocía, para que viajara desde Colombia a Chile en un vehículo cargado con droga sin saber de ello.

Tras analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal Oral condenó a 5 ciudadanos colombianos como autores de tráfico de drogas, en el marco de una investigación dirigida por el fiscal Daniel Valenzuela, quien trabajó junto a funcionarios de la Briant de la PDI.

De acuerdo a los antecedentes revelados en el juicio oral, a principios de 2015 se detectó a una organización extranjera dedicada a internar droga a Chile. Es así como se estableció que en marzo, Carlos Chavarriaga contactó por redes sociales y posteriormente por teléfono a su hijo de 12 años a quien no conocía y quien vivía en Colombia, invitándolo a viajar a Chile para reunirse, a lo que el menor accedió sumándose al viaje su mamá (ex pareja del acusado) y sus abuelos maternos.

Para ello el acusado gestionó la compra de un vehículo en Colombia, el que le fue entregado al grupo familiar para que se trasladara hasta Chile. Asimismo, pidió a los adultos que también trasladaran en el móvil a un conocido suyo que debía trabajar en el país.

Sin embargo, al ingresar a Chile el 11 de octubre por el Complejo Fronterizo de Chacalluta, personal de Aduana detectó que al interior del vehículo se ocultaban 23 paquetes que arrojaron 23 kilos de marihuana. A raíz de lo anterior se detuvo posteriormente a Carlos Chavarriaga.

"Se estableció que al momento que le entregan el vehículo a la familia del menor para su traslado hasta Chile, el móvil ya había sido cargado con la droga. Asimismo, la persona que acompañó a la familia en el viaje y que supuestamente venía a Chile porque tenía un trabajo en realidad cumplía la función de vigilar la operación sin que los otros ocupantes tuvieran conocimiento del delito", expresó el fiscal Daniel Valenzuela.

Sakán y ex ediles harán trabajos comunitarios y no pagarán multas

La medida también será aplicable a ex funcionarios condenados por el llamado caso "corrupción".
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El denominado caso Corrupción Municipal no para de sorprender. Ahora, las personas que fueron condenadas por esta investigación realizarán trabajos comunitarios en beneficio de la comunidad en vez de pagar una multa. Esto, porque el Tribunal consideró que no tienen recursos suficientes para cancelarla.

¿Pero quienes accedieron a este beneficio?: El ex alcalde Waldo Sankán; los ex concejales, la abogada Marcela Palza, Patricia Fernández y Javier Araya, además de los ex funcionarios municipales Fernando Vargas, el abogado Héctor Arancibia y Rodolfo Hernández.

La audiencia para la revisión de sentencia y pena se realizó el jueves en el Tribunal de Garantía, donde asistieron todos los involucrados.

El fiscal Francisco Ganga señaló que como Ministerio Público se opusieron a la petición que realizaron las defensas. "Para nosotros no todos los condenados están en la condición que establece el artículo 49 del Código Penal, porque ellos poseen los bienes suficientes para realizar el pago de las multas", sostuvo el fiscal.

En la audiencia, las defensas presentaron documentos como informes comerciales y créditos hipotecarios lo que habría llevado al Tribunal resolver que los condenados no están en condiciones de pagar las multas, salvo el empresario Ruperto Ojeda, quien tiene que cumplir su pena con el pago de la multa en 12 cuotas.

Valor

El mínimo del valor de las multas a que fueron condenados tanto Sankán como los ex concejales supera los 10 millones de pesos. Hay que recordar que ellos fueron condenados por diversos delitos de corrupción en el marco de una investigación de la Fiscalía.

Cómo cumplirán

La sustitución de la multa no significa que vamos a ver, por ejemplo, a Waldo Sankán recogiendo basura en la playa o a los ex ediles pintando una plaza. Quién determinará qué labores deben cumplir cada uno es Gendarmería, y son ellos quienes establecerán convenios con organismos públicos y privados sin fines de lucro. También son responsables de enviar un delegado a supervisar la labor que deben realizar los condenados.

El trabajo comunitario será de máximo ocho horas diarias, por cada tercio de UTM de la multa.

Ahora ¿cuando deben empezar con sus funciones? Cada una de las ex figuras públicas tienen que acercarse al Centro de Reinserción Social en un plazo de 5 días. Tiempo en el que Gendarmería tendrá que tener listo el programa que determinará qué función cumplirá cada uno en beneficio de la comunidad.

¿Qué es el artículo 49 del Código Penal?

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Art. 49. Si el sentenciado no tuviere bienes para

satisfacer la multa podrá el tribunal imponer, por vía de sustitución, la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

Desde Gendarmería , se informó que la Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad (PSBC), es una pena sustitutiva, contenida en la ley 18.216, que modificó la 20.603 sobre medidas alternativas a la reclusión.

Es un tipo de condena o pena, dictaminada por un tribunal, que consiste en la realización de actividades no remuneradas en beneficio de la comunidad, coordinadas por un delegado (profesional de las ciencias sociales acreditado por el Ministerio de Justicia) de Gendarmería de Chile.