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El Estado ¿mal o buen empleador?

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Decidí y tuve la oportunidad de poder entrar a trabajar en un organismo estatal en calidad de honorarios tal como lo indicaba el concurso aparecido en el diario local. Luego de un par de años trabajando en calidad de honorarios, marcando entrada y salida en forma diaria, cumpliendo horario de 45 horas como todos, bajo la subordinación y dependencias de jefaturas aún no tengo contrato y no se ve cuando vendrá ese momento.

Sera posible que un trabajador esté en calidad de honorarios tanto tiempo, sin los beneficios de estar contratado por la entidad; se está vulnerando todos los derechos del trabajador, como lo indicaré más abajo.

Por otro lado, los trabajadores a contrata no tienen derecho a indemnización, pues son contratos a un año, creo que no se está actuando en forma justa y de acuerdo al código laboral.

El código laboral es uno solo y está dirigido a la empresa privada, pues está claro que se hace vista gorda para los trabajadores del estamento público, desconozco si será así en todos los estamentos públicos, pero en mi caso así ha sido.

Adjunto lo indicado en el código laboral a los trabajadores a honorarios. Pueden trabajar a honorarios aquellas personas que son independientes, es decir respecto de los cuáles no existe vínculo de subordinación y dependencia, es decir no tiene obligación de asistencia, honorarios, instrucciones, supervisión directa, etc.; en suma quienes realizan libremente los servicios contratados

Punto Clave: El vínculo de subordinación o dependencia.

Cualquier actividad laboral que se realice bajo un v vínculo de subordinación y dependencia da origen a un contrato de trabajo y queda regida por las normas del Código del Trabajo, generando para el trabajador todos sus derecho típicos, como ser: límites de jornada de trabajo, descansos, vacaciones, indemnizaciones, etc. Es decir, la existencia de un contrato de trabajo regido por las normas de Código del ramo depende de un hecho, de una situación objetiva: la existencia del vínculo de subordinación o dependencia.

He de esperar que este tema pueda ser revisado por el estamento correcto y pueda observar la inequidad y falta de buen uso del código laboral, que pienso yo que por ser estamento publico debiésemos ser los primeros en acatar el código laboral.

Gonzalo Castillo

Requisitos para intendentes

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Apenas se supo que los intedentes se elegirían por votaciones, la maquinaria política comenzó a buscar candidatos, la mejor fecha para hacerlas, etc., pero nadie ha dicho una palabra acerca de los requisitos que tendrá que cumplir el futuro intendente, si se sigue optando por los políticos de siempre, antes que profesionales de fuste con experiencias demostradas en administración, hoy los Alcaldes y Concejales tienen exiguos requisitos al postular y los resultados en muchos lugares, distan mucho de lo que la población esperaba, ojala que el cargo de intendente no siga siendo un premio de consuelo para los políticos de siempre.

Luis Enrique Soler Milla