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Mito o realidad: ¿Existe la llamada puerta giratoria?

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Detienen a un adulto mayor por abusar sexualmente de un menor de 13 años, a quien ingresó a la fuerza a su habitación. El sujeto registra antecedentes penales por homicidio, violación, encubridor de robo y lesiones. Quedó en libertad.

Dos ciudadanos peruanos que integraban una banda internacional y tenían un especial modus operandi para buscar a sus víctimas en los bancos fueron detenidos por sustraer 13 millones de pesos a un ariqueño. También quedaron en libertad.

Lo mismo sucedió con un sujeto que junto a otros tres hombres se dieron el tiempo de robar en cinco locales diferentes.

Estos son algunos de los casos que se registraron en menos de un mes y, como otros similares, alimentan en la opinión pública la imagen de una 'puerta giratoria' en la justicia.

Para el defensor regional, Claudio Gálvez, las cifras demuestran lo contrario. Explicó que desde que se inició la reforma procesal penal el año 2000 y hasta el 2013, de un total de 144 prisiones preventivas solicitadas 128 fueron decretadas y 16 rechazadas.

Añadió que sólo el pasado año hubo 30 casos de personas que quedaron en prisión preventiva siendo inocentes y si se consideran los últimos ocho años, en Arica 159 personas inocentes debieron pasar entre algunos días y hasta 2 años en la cárcel, antes de que los tribunales los dejaran libres tras dictar su absolución.

Para el defensor regional, las cifras son alarmantes. 'La percepción pública de que se rechaza la prisión preventiva está bien marcada por casos puntuales y hechos anecdóticos, porque las estadísticas nos demuestran que en el 90 por ciento de los casos en que el Ministerio Público pide la prisión preventiva se las dan y solo en un 10% no. Ese poco porcentaje es el que da la idea de la denominada 'puerta giratoria'', argumentó el defensor de Arica y Parinacota.

Gálvez informó que el país que tiene más presos por cada 100 mil habitantes es Estados Unidos y en segundo lugar está Chile.

'Si uno realmente piensa que nuestro país es más inseguro que México y Colombia, la verdad es que la sensación de inseguridad no refleja la realidad. Tenemos más gente encarcelada de la que debiéramos y eso provoca hacinamiento en las cárceles. Además, las condiciones carcelarias en este país son inhumanas y no ayudan a la reinserción social', planteó.

Agregó que cuando las personas quedan absueltas de sus cargos en un juicio oral, el tiempo que estuvieron privadas de libertad no se los devuelve nadie y en Chile, en la práctica, no existe un sistema para pagar indemnizaciones por ello.

Gálvez entregó, a modo de ejemplo, los antecedentes de tres personas que pasaron meses en prisión preventiva, mientras se investigaban delitos en los que se les atribuía participación, lo que después fue desestimado por los tribunales.

Un caso fue el de Esteban Esquivel, joven tripulante pesquero, quien en marzo del año pasado tuvo la mala suerte de estar en lo que, quizás, algunos dirían es el lugar y momento equivocados: simplemente paseando de noche por una calle céntrica de nuestra ciudad, cercana a la Plaza Colón.

A pocas cuadras de donde él paseaba, un parroquiano de un local nocturno denunció a la policía que alguien le había asaltado con un palo, robándole 5 mil pesos.

Al denunciarlo dio una descripción: una persona morena, de pelo largo, que vestía short, polera y chalas.

'Fue así como una de las patrullas policiales lo encontró poco después y debió pasar casi 6 meses en la cárcel, por un reconocimiento realizado en la calle, sin ningún tipo de formalidad, por una persona que admitió después, en el juicio, haber bebido 5 mojitos y 5 ron cola. En este caso se obtuvo la absolución por unanimidad'.

Otro caso es el de Teodora García, una comerciante peruana. Ella fue abordada por una persona en el Terminal Rodoviario y le pidió que la acompañara al control de Aduanas y, sorpresivamente, la dejó sola con una mochila mientras se acercaban los inspectores. En la revisión, el funcionario descubrió cocaína y pidió la detención de la comerciante, a pesar que ésta decía que el equipaje no era suyo, que ni siquiera viajaba en el bus ni tenía pasaje, y que la dueña dejó la mochila a su cuidado por un momento. 'Lamentablemente, dicha absolución llegó tras 8 meses en que Teodora debió estar presa. 8 meses de la vida de una persona inocente en la cárcel', acotó.

Gálvez enfatizó que lo que busca la Defensoría es la rigurosidad en el trabajo policial.

'Cada vez que usted tiene a un inocente preso quiere decir que hay un culpable libre'.

Sin embargo, son los fiscales quienes solicitan al tribunal la prisión preventiva.

La fiscal regional, Javiera López, explicó que existen varios criterios para pedir esa cautelar, por ejemplo si el imputado es considerado un peligro para la seguridad de la sociedad, si hay peligro de fuga o si el delito que es formalizado posee pena de crimen (más de 5 años).

'La pena de crimen implica una mayor posibilidad de fuga y en otros casos pueden existir factores que sean necesarios para cautelar la protección de la víctima, por ejemplo, en los casos de violencia intrafamiliar', dijo la persecutora.

- A nosotros, el artículo 149 del Código Procesal Penal nos da la posibilidad de apelar de la negativa de prisiones preventivas, lo que se denomina la agenda corta. Es un catálogo de delitos que permite apelar en la misma audiencia.

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- Si la Fiscalía solicita una prisión preventiva y el Tribunal tiene otra mirada y no accede a lo mismo y luego esa decisión es revocada por la Corte de Apelaciones. Pero sí se presentan ciertos inconvenientes y por eso la Fiscalía hace las solicitudes con la convicción que uno tiene respecto a la labor persecutora y de protección de la víctima y testigo. Puede ocurrir que la persona se dé a la fuga o que haya habido vulneración para la víctima.

Uno de los principales actores de la reforma procesal penal son los jueces de garantía, ya que son ellos quienes rechazan o decretan la prisión preventiva.

El magistrado Juan Araya señaló que esta cautelar es la más severa que todas y es por eso que se necesitan todos los antecedentes claros antes de tomar una decisión. 'Deben existir presunciones fundadas que la persona imputada participó de ese delito como autor, cómplice o encubridor y que exista la necesidad de dejarlo preso.

- Lo habitual es por penas que están establecidas por ley superiores a 5 años y un día. De ahí hacia arriba, eso es lo normal. Puede ser que se decrete la prisión preventiva por delitos que tengan penas menores, por ejemplo y se da mucho, como en los delitos de violencia intrafamiliar, por necesidad de proteger a la víctima.

- Uno resuelve en funcion a lo que se discute en la audiencia. El fiscal tiene que ser exhaustivo para convencer al Tribunal y si no lo es y queda la razonable duda, mejor no decretar la prisión preventiva, primero porque existe la presunción de inocencia, que es una garantía que nos favorece a todos los ciudadanos, tenemos derecho a que nos traten como inocentes.

- Soy contrario a que se diga que aquí hay puerta giratoria. En Chile hay una sobrepoblación penal. Hay estadísticas desde que empezó la agenda corta en marzo del 2008, la población penal sumando tanto a rematados como a imputados ha crecido enormemente, porque permite que el Ministerio Público apele en audiencia y eso antes no existía. Por eso es importante que un juez explique por qué resuelve dejar en prisión preventiva, eso es lo más importante.

- De los casos que uno puede advertir, es el manejo en estado de ebriedad, pero son causas que generalmente no merece la prisión preventiva, salvo que tenga resultado de muerte, porque tiene pena alta y en esos casos, generalmente, quedan privados de libertad. J