Secciones

Consejos para cumplir el sueño de la casa propia

Los consumidores tienen el derecho de hacer cumplir lo publicitado y comprometido.

E-mail Compartir

Obtener la casa propia puede ser la coronación de años de esfuerzo. Sin embargo, puede ser el comienzo de un dolor de cabeza cuando las empresas no cumplen sus compromisos.

Por ello, el Servicio Nacional del Cliente, Sernac, entregó una serie de recomendaciones antes de tomar la decisión de comprar un bien raíz.

Es así que la entidad llamó a los clientes a informarse y analizar detenidamente la publicidad, el tipo de contrato, la fecha de entrega, entre otros aspectos.

Cuando un consumidor compra una vivienda tiene derecho a que se cumpla lo prometido, publicitado y convenido con la empresa, es decir los plazos de entrega y las características de la vivienda.

Si una empresa, promete en los contratos o en la publicidad que la vivienda tiene determinados metros cuadrados, es eso lo que debe recibir el consumidor. Ni un centímetro más ni menos.

Lo que la empresa anuncia en la publicidad forma parte del contrato tal como si estuviera escrito y los consumidores lo pueden exigir, es decir las áreas verdes, seguridad las 24 horas, quinchos, juegos infantiles, entre otros espacios.

La empresa no puede omitir características relevantes como por ejemplo, el futuro paso de una carretera, alguna construcción aledaña que pueda generar problemas o cualquier condición que la empresa conozca y cuya omisión pueda perjudicar a los consumidores. J