Multas de hasta 800 mil pesos por no respetar feriados
A las 20 horas previo a los feriados de fin de año comienza la jornada de descanso para los trabajadores del comercio.
En un recorrido por 21 de Mayo, visitando diversos locales comerciales, el seremi del Trabajo José Zúñiga y el director (S) de la Dirección del Trabajo Alejandro Díaz informaron a los trabajadores sobre los feriados obligatorios e irrenunciables de las fiestas de fin de año
Las autoridades mencionaron que "si no respetan el cierre, las empresas se exponen a multas por cada uno de los trabajadores, las cuales van de los 200 mil a los 800 mil pesos, pero lo importante es que se cumpla con la ley laboral y el justo descanso para los trabajadores.
Al respecto la autoridad laboral comentó que "lo más importante es señalar que tenemos feriados irrenunciables para el sector comercio lo que en la práctica significa que se suspende la actividad laboral a partir de las 20 horas del día anterior al feriado hasta las 6 horas del día posterior al de descanso".
En caso de no cumplir, las infracciones serán desde 211.100 hasta 844.400 por cada trabajador.
Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo. Eso sí, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados.
49,5 UTM es el máximo de las mutas aplicables para las empresas que no cumplan con la Ley.