"Estoy muy contenta con lo que sucedió ayer en el Senado, cuando 'aprobó el proyecto de elección popular de los intendentes regionales'. La discusión no ha concluido y el debate tiene que seguir, pero es un buen síntoma de que 'nuestros representantes escuchan las demandas de los ciudadanos'", manifestó nuestra Presidenta el pasado jueves 6.
¿Qué debería suceder ahora, con esto de "escuchar las demandas de los ciudadanos", entre varias? Ni más ni menos que nuestros representantes populares legislen ahora ya estableciendo que el requisito de residencia para los candidatos a cargos de elección popular: concejales, alcaldes, diputados y senadores, no es otra cosa que acreditar fehacientemente domicilio particular, privado, morada habitual, familiar, en la comuna, distrito o circunscripción que pretenden representar, con al menos dos años anteriores a la fecha de la correspondiente elección.
En la Región Metropolitana, que tiene un gran número de comunas, distritos y cuatro circunscripciones, el cumplimiento de este requisito se ha transformado "en chacota", tanto en las elecciones municipales, como "diputacionales", haciendo valer los distintos candidatos su "domicilio electoral", como si fuese su residencia, dándose en algunos casos, que ni siquiera éste -el domicilio electoral- lo tienen registrado en la comuna o en el distrito pertinentes, como puede observarse ahora en 2016 -sin perjuicio de otros que puedan existir- con la candidatura a concejal "por la comuna de Santiago" de Julio Sarmiento Machado (IND pro PC) -ex pareja de la diputada Camila Vallejo (PC), quien registra "domicilio electoral" en la comuna de La Florida, según información del Servel. No vive ni vota en Santiago, pero pretende ser concejal por. ¡Plop!
Jorge Saavedra Moena